ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva

Las investigaciones comenzaron en Mendoza luego de que un consumidor particular realizara una consulta ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). La persona en cuestión había adquirido el artículo en la localidad de Gualeguaychú.

Luego de un exhaustivo análisis, la autoridad interviniente estableció que “el producto se encuentra en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulado al consignar en el rotulado números de RNPA y RNE inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

De esta manera, la administración nacional prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional – y también en plataformas en línea – del producto «Aceite de oliva extra virgen; marca Don Francesco; Origen de Mendoza; Rne: 13632154; Rnpa: 13632649″. La prohibición es efectiva para cualquier presentación, lote y fecha del mencionado artículo.

La decisión fue tomada ya que el producto se encuentra en infracción por no contar con los registros sanitarios obligatorios, además de estar falsamente rotulado al asignar números de RNPA y RNE inexistentes.